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Área de práctica

Derecho Laboral Patronal

La mayoría de los juicios laborales no se pierden en la audiencia: se pierden años antes, el día en que nadie firmó el contrato, nadie levantó el acta o nadie guardó el expediente. Nuestro trabajo empieza ahí.

Qué hacemos

Del contrato al tribunal.

Contratación y expediente laboral

Contratos individuales por tiempo indeterminado, determinado, por obra o a prueba. Cláusulas de confidencialidad, propiedad intelectual y no divulgación. Diseño del expediente que sí acredita lo ocurrido.

Reglamento interior de trabajo

Elaboración, discusión con la comisión mixta y depósito ante la autoridad. Un reglamento que define conductas, sanciones y procedimiento, y que por eso sostiene una rescisión.

Terminaciones y rescisiones

Actas administrativas, aviso de rescisión, cálculo de finiquito o liquidación y convenio ante el centro de conciliación. Cada salida documentada como si fuera a revisarse en juicio, porque puede serlo.

Relaciones colectivas

Contrato colectivo de trabajo, procedimientos de legitimación, emplazamientos a huelga, revisión salarial y contractual, e interlocución con la representación sindical.

Conciliación prejudicial

Representación en la instancia conciliatoria obligatoria: estrategia de negociación, rango de acuerdo autorizado por el cliente y convenio con efectos de cosa juzgada.

Juicio laboral

Defensa ante los tribunales laborales del Poder Judicial: contestación, oferta y desahogo de pruebas, alegatos y, cuando procede, amparo. Informe de riesgo antes de cada decisión procesal.

Cuándo llamarnos

Situaciones que atendemos cada semana.

  • Necesita separar a un colaborador y quiere hacerlo con el menor riesgo posible.
  • Recibió un citatorio del centro de conciliación y la audiencia es en días.
  • Va a contratar personal por primera vez y no tiene contratos, políticas ni expedientes.
  • Opera con prestadores de servicios y le preocupa que se declare una relación laboral.
  • Un sindicato solicitó la titularidad del contrato colectivo o presentó un emplazamiento.
  • Va a contratar servicios especializados y necesita verificar el registro REPSE del proveedor.
  • Hubo una denuncia interna por acoso y no existe un protocolo para investigarla.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿Puedo dar por terminada la relación sin pagar indemnización?
Sólo cuando existe una causa justificada de rescisión prevista en la ley y, sobre todo, cuando esa causa está probada. La carga de la prueba recae en el patrón: sin acta, sin testigos y sin aviso de rescisión entregado en tiempo, la causa existe en los hechos pero no en el expediente. Nuestra recomendación siempre parte de revisar qué se puede acreditar, no sólo qué ocurrió.
¿Cuánto tiempo tengo para actuar después de una falta grave?
Muy poco. La facultad del patrón para rescindir prescribe en un plazo breve contado a partir de que se conoce la conducta, por lo que tolerar la falta durante semanas suele equivaler a perderla como causa. Ante un hecho grave, lo primero es documentarlo el mismo día; la decisión sobre la separación puede tomarse después, pero la evidencia no se recupera.
¿Es obligatorio conciliar antes de ir a juicio?
Como regla general sí: la mayoría de los conflictos individuales debe agotar una instancia conciliatoria previa ante el centro de conciliación competente antes de acudir al tribunal. Esa audiencia no es un trámite: es la primera oportunidad —y muchas veces la mejor— de cerrar el asunto con un convenio con efectos de cosa juzgada y un costo conocido.
Uso un formato de contrato descargado de internet. ¿Es suficiente?
Rara vez. Un formato genérico no describe el puesto real, no fija la jornada efectiva, no protege la información de la empresa y con frecuencia contiene cláusulas que la ley tiene por no puestas. En juicio, ese documento no ayuda: define la versión de los hechos con la que usted se queda amarrado. Revisar y rehacer la plantilla cuesta una fracción de lo que cuesta un solo juicio perdido.

Estas respuestas son orientación general y no sustituyen el análisis de su caso concreto.

Contacto

Antes de firmar, antes de despedir.

Una llamada previa cuesta menos que una demanda posterior. Cuéntenos la situación y le decimos qué documentar hoy.