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Área de práctica

Contratos Mercantiles

Un contrato no se escribe para el día de la firma, cuando todos se entienden. Se escribe para el día del desacuerdo, cuando nadie recuerda lo mismo. Redactamos pensando en ese día.

Qué hacemos

Instrumentos que resisten la disputa.

Prestación de servicios

Alcance, entregables, niveles de servicio, precio y forma de pago, propiedad de los resultados y causales de terminación. Con el cuidado adicional de no crear, sin querer, una relación laboral.

Distribución y suministro

Territorio, exclusividad, metas de compra, política de precios, manejo de marca y —el punto que casi siempre se olvida— cómo termina la relación y qué pasa con el inventario y la cartera.

Confidencialidad y no divulgación

Acuerdos unilaterales y recíprocos con definición precisa de la información protegida, vigencia posterior a la terminación, devolución o destrucción y consecuencias exigibles ante el incumplimiento.

Garantías y aseguramiento del pago

Pagarés, obligación solidaria, fianza, prenda, depósito en garantía y reserva de dominio. La diferencia entre tener razón y poder cobrar suele estar escrita en esta parte del contrato.

Revisión de contratos ajenos

Cuando el contrato lo redactó la contraparte: lectura de riesgo por cláusula, marcado de lo inaceptable, propuesta de redacción alternativa y una nota clara de qué se puede ceder y qué no.

Negociación y cierre

Acompañamiento en la mesa o negociación por cuenta del cliente, control de versiones, carta de intención, condiciones suspensivas y verificación de facultades de quien firma.

Cuándo llamarnos

Antes de firmar, no después.

  • Le enviaron un contrato para firmar y tiene poco tiempo para revisarlo.
  • Va a trabajar con un cliente o proveedor nuevo y no existe documento entre ustedes.
  • Su empresa opera con órdenes de compra y correos, sin un contrato marco.
  • Un cliente dejó de pagar y necesita saber qué puede exigir con el papel que tiene.
  • Va a compartir información sensible con un tercero antes de cerrar la operación.
  • Quiere terminar una relación comercial y no sabe qué obligaciones le sobreviven.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿Un acuerdo por correo o por chat es vinculante?
Puede serlo. En materia mercantil rige la libertad de forma y los mensajes de datos tienen valor probatorio, de modo que una cadena de correos puede acreditar un acuerdo. El problema no es la validez sino la prueba: qué se pactó exactamente, quién tenía facultades para obligar a la empresa y qué versión prevalece. Ese es justamente el vacío que un contrato bien redactado cierra.
¿Sirve de algo una cláusula de penalización?
Sirve cuando está bien construida. La pena convencional evita tener que probar el monto del daño, que es la parte más difícil y más cara de cualquier reclamación. Pero tiene límites legales y, si se pacta desproporcionada o ambigua, puede reducirse o volverse inaplicable. Una pena moderada y exigible vale más que una espectacular e inútil.
¿Conviene pactar arbitraje o tribunales?
Depende del monto y de la contraparte. El arbitraje suele ser más rápido, técnico y confidencial, pero tiene un costo de entrada alto que no se justifica en contratos pequeños. La vía judicial es más barata de iniciar y más lenta de terminar. La decisión debe tomarse al redactar, no al pelear: para entonces la cláusula ya está firmada.
Firmé un contrato que me perjudica. ¿Ya no hay nada que hacer?
Casi nunca es todo o nada. Hay cláusulas que la ley no admite aunque estén firmadas, hay causales de terminación que se pueden activar, hay conductas posteriores de la contraparte que modifican lo pactado y, con frecuencia, hay margen para renegociar antes de que el conflicto escale. Lo primero es leer el documento completo, no la cláusula que preocupa.

Estas respuestas son orientación general y no sustituyen el análisis de su caso concreto.

Contacto

Mándenos el contrato antes de firmarlo.

Revisión de riesgo cláusula por cláusula, con una recomendación concreta sobre qué negociar y qué no ceder.